AYUDAS Y SUBVENCIONES
Ayudas MEC 2021 para el apoyo a la modernización de establecimientos comerciales ante la Covid-19
Objeto
Modernización de establecimientos comerciales ubicados en la Comunidad Autónoma del País Vasco, a través de la innovación, la mejora de sus instrumentos de gestión y de sus infraestructuras, teniendo además en cuenta la situación extraordinaria generada por el estado de alarma creado por el COVID-19.
A quién va dirigido
PYMEs (pequeñas y medianas empresas)
Empresario individual o autónomo
Inversiones subvencionables
a) Inversiones dirigidas a la reforma y modernización del local, el mobiliario y los equipamientos necesarios para el desarrollo de la actividad comercial y sus elementos, tanto internos, como externos, necesarios para su funcionamiento correcto, teniendo en cuenta la situación actual.
Actuaciones realizadas para la mejora y modernización de los espacios y elementos comunes, relacionados directamente con la actividad comercial, compartidos por pequeñas y medianas empresas comerciales, entre otras, integradas en un centro comercial urbano, tales como pasillos, instalaciones técnicas, cubiertas, fachada exterior, servicios o accesos al centro, siempre que estos espacios estén gestionados por quien sea titular de los establecimientos comerciales, en régimen de comunidad de personas propietarias.
b) Balanzas electrónicas de mercaderías, equipos informáticos, aplicaciones y complementos de los mismos, siempre y cuando estén integrados en los procesos de comercialización o destinados a la gestión empresarial, la creación e implantación de páginas web con venta on-line y la adaptación de la página web del establecimiento comercial a dispositivos móviles.
Se limitará la inversión en equipos informáticos, subvencionándose como máximo un equipo informático completo por establecimiento comercial, así como uno de cada diferente tipo de periféricos.
c) Inversiones en activos fijos adquiridos con el fin de desarrollar la actividad comercial en condiciones higiénico-sanitarias, con motivo de la situación de alarma motivada por el COVID-19: máquinas vaporizadoras, sistemas de ventilación y purificación del aire, termómetro digital, cámaras de medición de temperatura corporal, esterilizadores, alfombras descontaminantes, etc (no se contemplan los gastos realizados en material como mascarillas higiénicas, guantes, batas desechables, etc).
En todo caso, los activos objeto de apoyo, deberán estar directamente relacionados con la actividad comercial e ir destinados a la renovación y modernización de la empresa comercial, así como a la mejora de las técnicas de comercialización y reducción de costes del proceso distributivo, teniendo en cuenta la situación actual.
Importe mínimo de inversión admitida por establecimiento comercial
– 4.000 euros para los casos recogidos en el apartado a) anterior.
– 900 euros para los casos recogidos en el apartado b) anterior.
– 900 euros para los casos recogidos en el apartado c) anterior.
No serán subvencionables:
a) El simple cambio de luminarias si no está integrado dentro de una inversión de renovación de la instalación eléctrica.
b) Teléfonos móviles.
c) Maquinaria específica destinada a servicios sanitarios o profesionales.
d) Elementos de transporte.
e) Adquisición de equipamiento mediante leasing o renting.
f) IVA y, en general, cualquier tipo de impuesto, tasa o contribución.
Condiciones de los activos subvencionables
a) Ser utilizados o entrar en funcionamiento por primera vez.
b) Permanecer como mínimo 2 años en el activo del establecimiento, excepto los activos enumerados en el apartado
c) anterior respecto a inversiones subvencionables.
c) No ser cedidos a terceras personas físicas o jurídicas.
d) No haber sido fabricados, realizados o desarrollados por la empresa solicitante.
e) Los proyectos de inversión objeto de la ayuda deberán localizarse en el Territorio de la Comunidad Autónoma de Euskadi.
Dotación presupuestaria
1.250.000
Araba
Se sabe que en territorio alavés habrá incentivos fiscales. No obstante, este tipo de ayudas aún están pendientes de definir por la hacienda foral.
Bizkaia
Por un lado, se contemplan unas ayudas que corresponden a una rebaja del 30% en IRPF o en el Impuesto de Sociedades. Estas ayudas están ligadas al gasto en la mejora de equipos informáticos para la adaptación a TicketBAI.
Nuevos incentivos para adopción voluntaria de Batuz y TBAI
– Aquellas empresas o autónomos que implanten Batuz desde el 1 de enero de 2022 dispondrán de una reducción del 15% de su base imponible en IRPF o IS en los ejercicios 2022 y 2023.
– Desde el 1 de abril de 2022, la compensación será del 13% en 2022 y 2023.
– Desde el 1 de julio de 2022, del 11% en 2022 y 2023.
– Desde el 1 de octubre de 2022, del 9% en 2022 y 2023.
– Desde el 1 de enero de 2023, del 5% en 2023.
– Desde el 1 de abril de 2023, del 4% en 2023.
– Desde el 1 de julio de 2023, del 3% en 2023.
– Desde el 1 de octubre de 2023, del 2% en 2023.
Gipuzkoa
En Gipuzkoa habrá una implantación escalonada en función de los sectores hasta el otoño de 2023, cuando será obligatorio.
El tiempo de 2021 y parte de 2022 cuando aún no es obligatorio se consideran años de implantación voluntaria.
En este sentido, todas las empresas y profesionales que presenten sus impuestos en Gipuzkoa e implanten TicketBAI podrán acogerse a unas deducciones del 60%, tanto en el IS, como en el IRPF e Impuesto de la Renta de No residentes.
Gipuzkoa amplía las deducciones del 60% hasta el 1 de noviembre de 2021.
Últimas ayudas TicketBAI publicadas
[GIPUZKOA] Ampliado el plazo para acceder a la deducción TicketBAI incrementada del 60%
Hasta ahora la deducción se aplicaba cuando la implantación se realizaba con anterioridad al 1 de noviembre de 2021, si bien, y tras los últimos acuerdos adoptados por la Hacienda Foral de Gipuzkoa, los contribuyentes pueden acceder a esta deducción siempre y cuando anticipen voluntariamente el cumplimiento de la obligación TicketBAI hasta como mínimo un mes con respecto a la fecha en que les resulte de obligado cumplimiento.
En el caso del comercio y la hostelería, cuya fecha obligatoria de implantación es el 1 de mayo de 2022, podrán acceder a esta deducción incrementada cuando realicen la implantación antes del 1 de abril de 2022.
Adicionalmente la Diputación ha puesto en marcha Kenkariback TicketBAI. Mediante esta iniciativa, los contribuyentes obtendrán la bonificación fiscal en el momento que realizan la inversión asociada a TicketBAI, no teniendo que esperar a las campañas de ejercicios posteriores para recibir el reembolso de la inversión realizada.
https://egoitza.gipuzkoa.eus/gao-bog/castell/bog/2021/07/28/c2105206.pdf
https://egoitza.gipuzkoa.eus/gao-bog/castell/bog/2021/09/08/c2105892.pdf
Ayudas TicketBAI a la digitalización en Gipuzkoa
Plazo solicitudes: hasta 30/11/2021
El Consejo de Diputados ha aprobado destinar 1,5 millones, en ayudas económicas a la digitalización para el comercio y la hostelería, para acelerar el proceso de digitalización de estos negocios y paliar el impacto provocado por la pandemia.
Cada establecimiento recibirá una ayuda de 1.000 euros. El plazo de solicitud se abrirá con la publicación de la orden foral en el BOG, y las instancias deberán presentarse antes del 30 de noviembre, a través de zergabidea.gipuzkoa.eus.
Los requisitos para participar son:
- estar dado de alta en algún epígrafe de IAE de comercio u hostelería,
- y haber emitido un mínimo de 15 tickets con el sistema TicketBAI, durante los 15 días previos a la solicitud.
La plataforma verifica automáticamente las solicitudes y se procederá al pago en un plazo aproximado de dos semanas en el caso de que se cumplan los requisitos.
https://www.gipuzkoa.eus/es/-/gipuzkoako-enpresa-sarean-kalitatezko-enplegua-indartzeko-3-4-milioi
Ayudas para inversiones: Mancomunidad de Urola Kosta (Aia, Getaria, Orio, Zarautz, Zumaia)
Objeto:
Ayudas para inversiones (partida de 500.000,00 euros).
Las líneas de inversión subvencionables son las siguientes:
- Inversiones que contribuyan a mejorar la competitividad del negocio
- Inversiones para la incorporación de nuevas tecnologías e innovación a la empresa, incluyendo software de facturación para TicketBai.
- Inversiones destinadas a garantizar las condiciones higiénico-sanitarias, sistemas de garantía de distancias, vaporizadores, terrazas fijas, etc.
Plazo solicitudes: hasta 30/09/2021
Importe destinado: 500.000,00 euros
Destinatarios:
Serán beneficiarias de las ayudas las personas físicas o jurídicas que cumplan los siguientes requisitos: a. Ser persona física o jurídica que ha emprendido o emprenderá una nueva actividad en alguna de estas modalidades:
- Emprendizaje (creación de una empresa): dar de alta la nueva actividad económica en el Impuesto sobre Actividades Económicas y en el Régimen de la Seguridad Social en el ámbito de los municipios que integran la Mancomunidad (Aia, Getaria, Orio, Zarautz, Zumaia) y durante el periodo comprendido entre el 1 de enero de 2020 y el 31 de diciembre de 2021.
- Intra-emprendizaje (empresas previamente constituidas o, empresarios/as individuales pero dándose de alta en una nueva Actividad Económica): dar de alta la nueva actividad económica en el Impuesto de Actividades Económicas en el periodo comprendido entre el 1 de enero de 2020 y el 31 de diciembre de 2021 en en el ámbito de los municipios que integran la Mancomunidad (Aia, Getaria, Orio, Zarautz, Zumaia). La nueva actividad económica generada debe ser diferente a la existente anteriormente por parte de la empresa (se deberá justificar una diversificación de la actividad y/o generación de riqueza diferente, acreditando el alta en una nueva actividad en el Impuesto sobre la Actividad Económica y dando una explicación de la diversificación y/o generación de riqueza), manteniendo la actividad económica anterior.
Información útil:
- Las solicitudes y la documentación adjunta deberán presentarse por medios electrónicos a través de la sede electrónica de la Mancomunidad Urola Kosta
- Ayudas económicas 2021_bases
- Boletín Oficial de Gipuzkoa 05/08/2021 (núm.148)
Ayudas a la digitalización: Ayuntamiento de Elgoibar
Objeto:
Ayudas para el apoyo del emprendimiento, consolidación y actualización digital y la sucesión de empresas.
Esta subvención se dividirá en tres líneas de ayudas:
- La subvención de creación de actividad económica: apoyo a nuevas iniciativas empresariales generadoras de empleo.
- Subvención de consolidación y actualización digital: subvenciones a las empresas para potenciar su actualización a entornos digitales y a la implantación de TicketBai.
- Subvención de sucesión de actividades económicas: sucesión/relevo empresarial por parte de persona/s fisica/s o juridica/s.
Plazo solicitudes: hasta 30/11/2021
Importe: 25.000,00 euros
Destinatarios:
Se podrán beneficiar de esta ayuda las personas físicas o jurídicas que se constituyan como empresa en cualquier actividad económica. No obstante, será imprescindible que cumplan los siguientes requisitos:
- Personas en desempleo: estar en desempleo, en el caso de las personas físicas. En el caso de ser varias las personas promotoras, al menos una de ellas deberá estar en desempleo.
- Empresas: si está promovido por una empresa, el nuevo proyecto deberá contemplar, al menos, la creación de un puesto de trabajo directo.
- Personas en activo: en el caso de las líneas de subvención a las empresas para potenciar su actualización a entornos digitales y a la implantación de TicketBai y a la sucesión/relevo empresarial por parte de persona/s fisica/s o juridica/s, la persona solicitante no tendrá obligación de estar en desempleo.
Información útil:
Ayudas a la digitalización: Ayuntamiento Irun
Objeto:
Promover la digitalización del comercio, la hostelería, servicios de hospedaje, peluquerías, taxis, enseñanza no reglada, instalaciones deportivas, etc., favoreciendo así la adaptación a la futura implantación del sistema TicketBai, que establece la obligación del uso de herramientas tecnológicas para evitar el fraude fiscal.
Plazo solicitudes: 31/12/2020 – 31/10/2021
Importe: 120.000,00 euros
Destinatarios:
Podrán ser beneficiarias de las presentes ayudas, las personas físicas trabajadoras por cuenta propia o autónomas, comunidades de bienes y, en el caso de personas jurídicas, empresas de menos de 50 trabajadores, cualquiera que sea su forma jurídica, titulares de actividades comerciales minoristas, establecimientos hosteleros, servicios de hospedaje, peluquerías, taxis, enseñanza no reglada, instalaciones deportivas, etc., que realicen inversiones destinadas a la adquisición de herramientas tecnológicas compatibles con el programa TicketBAI.
Información útil: